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martes, 7 de diciembre de 2010

INDEMNIZACIONES SOAT

TRÁMITES DE INDEMNIZACIONES Y REEMBOLSOS EN EMPRESAS ASEGURADORAS
COSTOS Y TIEMPO DE DURACION DE LOS TRAMITES DE INDEMNIZACION por SOAT
II. SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO – SOAT
a) ¿Qué es el Seguro obligatorio de accidentes de tránsito - SOAT?
El SOAT es un seguro obligatorio establecido por Ley con un fin netamente social. Su objetivo es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte.

b) ¿Qué cubre el SOAT?
Cubre a todas las personas (conductor, ocupantes del vehículo y peatones) que resulten víctimas de un accidente de tránsito en el territorio nacional, sin importar la causa de accidente.

c) ¿Quién vigila el SOAT?
La Policía Nacional del Perú (PNP) es la encargada de verificar que cada vehículo automotor tenga el certificado y calcomanía del SOAT.
d) ¿Qué sucede si no tengo SOAT?
Conducir un vehículo sin portar el certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito o que éste no corresponda al uso del vehículo o que se encuentre vencido el plazo del mismo consignado para el control policial, originará que el vehículo sea retenido y tendrá una sanción equivalente a 2% de la UIT que para este año es de S/. 3,550. Se debe adquirir el Certificado SOAT correspondiente para retirar el vehículo del depósito.

e) ¿Qué casos no cubre el SOAT?
Los siguientes accidentes no son cubiertos por el SOAT:
• Los causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
• Los ocurridos fuera del territorio nacional.
• Los ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público.
• Los ocurridos como consecuencia de guerras, eventos de la naturaleza u otros casos fortuitos o de fuerza mayor, originados por causas ajenas a la circulación del vehículo automotor.
• El suicidio y la comisión de lesiones auto inferidas.
f) ¿Cuáles son las obligaciones del contratante (tomador) del SOAT?
• Mantener durante la vigencia de la póliza, el uso del vehículo declarado en el Certificado SOAT.
• No permitir la conducción del vehículo automotor por menores de edad, personas que no posean licencia de conducir o que teniéndola no corresponda a la categoría requerida para el vehículo asegurado, personas en estado de ebriedad, de drogadicción o en situación de grave perturbación de sus facultades físicas o mentales.
• Comunicar a la compañía de seguros la transferencia de propiedad del vehículo automotor en el plazo de cinco (5) días de ocurrido el hecho.
• Avisar de inmediato la ocurrencia de un accidente de tránsito a la Compañía de Seguros, salvo caso de impedimento debidamente justificado.
• Denunciar el accidente de tránsito en la delegación de la Policía Nacional del Perú más cercana.
• Formalizar por escrito el aviso de la ocurrencia del siniestro a la compañía de Seguros.
g) ¿Qué empresas operan el SOAT?
• La Positiva.
• Rímac Seguros.
• Interseguro.
• Pacífico Seguros.
• Mapfre Perú.
h) ¿Cuál es el procedimiento en caso de un Accidente de tránsito?
1. El propietario del vehículo, el conductor o el prestador del servicio de transporte terrestre están obligados a comunicar la ocurrencia del accidente de tránsito a la compañía de seguros, así como dejar inmediata constancia en la delegación de la Policía Nacional del Perú más cercana exhibiéndose el Certificado SOAT.
2. Las víctimas deberán ser conducidas a los establecimientos de salud públicos o privados más cercanos al lugar de la ocurrencia del accidente.
3. Es indispensable contar con la copia de la denuncia policial en la que conste la ocurrencia del accidente de tránsito, ya que así lo exige la normatividad vigente.

i) ¿Cuál es el plazo para cobrar y a quién revierte lo que no se cobró?
Los ciudadanos tienen un plazo de 2 años desde ocurrido el accidente para solicitar ante las compañías aseguradoras la indemnización correspondiente. Transcurrido dicho plazo, las compañías aseguradoras transfieren esas indemnizaciones al Fondo de Compensación del SOAT.

j) ¿Son acumulables las indemnizaciones?
No son conceptos acumulables, excepto indemnización por incapacidad permanente e indemnización por muerte, así por ejemplo si en un accidente un afectado pierde el brazo derecho y se le indemniza por dicha pérdida con 2 UIT (por incapacidad permanente), pero el afectado no logra recuperarse del accidente y fallece, sólo se le dará por indemnización por muerte 2 UIT (dado que se considera el monto entregado por incapacidad permanente).
III. TRÁMITES DE INDEMNIZACIONES Y REEMBOLSOS EN EMPRESAS ASEGURADORAS

1. Pago de gastos médicos

o ¿Qué atenciones se consideran gastos médicos?
Se entiende por gasto médico la atención pre-hospitalaria, los gastos de atención hospitalaria, quirúrgica y farmacéutica, el transporte al lugar donde se recibirá la atención médica, hospitalaria y quirúrgica y otros gastos que sean necesarios para la rehabilitación de la víctima, hasta el valor de cinco (5) UIT.

o ¿Quién debe pagar los gastos médicos?
La compañía de seguros es quien debe pagar directamente las facturas al establecimiento de salud. En caso que el asegurado pague los gastos médicos la compañía de seguros se los reembolsará.

a. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el reembolso de gastos médicos?
• Copia del DNI de la víctima y del solicitante.
• Copia de la partida que acredita el parentesco con la víctima o del documento que acredite la representación.
• Copia certificada de la denuncia policial o atestado policial.
• Certificado médico y/o copia de la historia clínica.
• Copia de la constancia de auditoría médica.
• Originales de los comprobantes de pago que acreditan los gastos médicos incurridos, cada uno con su respectiva receta médica y a nombre de la víctima.
b. ¿Quién puede solicitar el reembolso de gastos médicos?
Lo puede realizar directamente la propia víctima del accidente o en todo caso un familiar o una tercera persona que la represente acreditada con el respectivo documento.

c. ¿Cuáles son los pasos para solicitar el reembolso de los gastos médicos?
1. Se debe tener en consideración que sólo procede cuando la compañía de seguros no ha pagado directamente las facturas al establecimiento de salud, habiendo sido cubierto los gastos médicos con dinero del asegurado.
2. El propio asegurado o su apoderado debe apersonarse a la compañía de seguros, llevando los requisitos para el reembolso más una copia para su cargo.
3. La compañía de seguros calificará el cumplimiento de los requisitos exigidos, y debe ser resuelto en el plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la documentación completa.

2. Trámite de pago de gastos de sepelio

o ¿Qué conceptos se consideran gastos de sepelio?
El gasto de sepelio, comprende el valor del féretro, carroza, nicho o tumba, hasta el valor de una (1) UIT.

o ¿Quién debe pagar los gastos de sepelio?
La compañía de seguros es quien debe pagar directamente las facturas a la funeraria. En caso que el asegurado asuma el pago de los gastos de sepelio, la compañía de seguros se los reembolsará.

a) ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el reembolso de gastos de sepelio?
• Copia del DNI del solicitante.
• Copia de la partida de matrimonio o nacimiento que acredite el parentesco con la víctima.
• Copia certificada de la denuncia policial o atestado policial.
• Certificado médico.
• Copia del certificado de necropsia.
• Partida de defunción.
• Comprobantes de pago originales que acrediten los gastos de sepelio.
b) ¿Quién puede solicitar el reembolso de gastos de sepelio?
Lo pueden solicitar los herederos o en todo caso un familiar o una tercera persona que la represente acreditada con el respectivo documento.

c) ¿Cuáles son los pasos para solicitar el reembolso de gastos de sepelio?
• Se debe tener en consideración que sólo procede cuando la compañía de seguros no ha pagado directamente las facturas a la funeraria, habiendo sido cubierto los gastos se sepelio con dinero de los herederos del asegurado.
• Los herederos o su apoderado debe apersonarse a la compañía de seguros, llevando los requisitos para el reembolso más una copia para su cargo.
• La compañía de seguros calificará el cumplimiento de los requisitos exigidos, y debe ser resuelto en el plazo de plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la documentación completa.
3. Trámite de pago de indemnización por incapacidad temporal e invalidez permanente

a) ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la indemnización?
• Copia certificada de la denuncia policial o atestado policial.
• Documento Nacional de Identidad de la víctima.
• Certificado médico expedido por el médico tratante.
b) ¿Quién puede solicitar la indemnización?
El pago de una indemnización por invalidez permanente o incapacidad temporal la solicita directamente la víctima, en caso de imposibilidad de ésta, quien la represente en base a la documentación que presente.

c) ¿Cuáles son los pasos para solicitar la indemnización?
La víctima o sus familiares deben acercarse a la compañía de seguros que emitió el SOAT con los requisitos más una copia para el cargo.

d) ¿Cómo se calcula el monto de la indemnización por incapacidad temporal e invalidez permanente?
Es necesario tener en cuenta que el cálculo del importe de la indemnización por incapacidad temporal, se hace sobre la base de una fórmula prevista en la norma y tiene por variables, el número de días del descanso médico y la remuneración mínima vital (Cada día de incapacidad temporal será equivalente a treintava (1/30) parte de la remuneración mínima vital). En cambio, la indemnización por invalidez permanente tiene que ver con el monto previsto por la norma por la pérdida de cada parte del cuerpo.

4. Trámite de pago de indemnización por muerte

a. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la indemnización?
• Copia de la denuncia donde consta los hechos ocurridos del accidente de tránsito.
• Certificado de defunción de la víctima.
• DNI del familiar que invoca la condición de beneficiario del seguro y, de ser el caso, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento u otros documentos que acrediten legalmente la calidad de beneficiario del seguro.
b. ¿Quiénes pueden solicitar el pago de indemnización por muerte?
Tendrán derecho a percibir la indemnización por muerte del ocupante del vehículo o del tercero no ocupante, las personas que a continuación se señalan, en el siguiente orden:

1) El cónyuge sobreviviente.
2) Los hijos menores de dieciocho (18) años, o mayores de dieciocho (18) años incapacitados de manera total y permanente para el trabajo.
3) Los hijos mayores de dieciocho (18) años.
4) Los padres.
5) Los hermanos menores de dieciocho (18) años, o mayores de dieciocho (18) años incapacitados de manera total y permanente para el trabajo.
6) A falta de las personas indicadas precedentemente, la indemnización corresponderá a quien acredite la calidad de heredero del fallecido y si no hubieran beneficiarios ni herederos, el monto de los beneficios se destinarán al Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, una vez transcurrido el plazo de la prescripción liberatoria que indica la póliza de dicho seguro, que es dos (02) años.

o ¿Cómo se paga la indemnización en caso de que hubiera concurrencia de beneficiarios con el mismo derecho de prioridad?
Ésta se pagará por partes iguales entre todos los beneficiarios concurrentes del mismo orden de precedencia.

o ¿Cómo se acredita que no existen beneficiarios con mayor prioridad para cobrar la indemnización?
Para efectos del pago de la respectiva indemnización, el solicitante deberá acreditar que no existen beneficiarios con mayor prioridad que él para el pago de la indemnización, de acuerdo al orden de precedencia estipulado, o que para su cobro, se cuenta con la autorización de ellos, en caso de existir bastará para dicha acreditación, la presentación de una declaración jurada ante Notario o funcionario autorizado de la compañía aseguradora.

Cumplido lo anterior, la Compañía de Seguros quedará liberada de toda responsabilidad si hubiera beneficiarios con mejor derecho. En este evento, estos últimos no tendrán acción o derecho para perseguir al asegurador por el pago de suma alguna.

o ¿Dónde debo dirigirme para cobrar la indemnización?
Los familiares de la víctima deben acercarse a la compañía de seguros que emitió el SOAT con los documentos pertinentes.

o ¿Dónde puedo leer la relación de fallecidos, cuyos deudos aún no han cobrado la indemnización por muerte?
La relación de fallecidos aparece en:
• Página Web de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG)
www.apeseg.org.pe
• Página web SOAT
www.soat.com.pe
• En la página Web de las compañías de seguros que emitieron el SOAT.
• En la página Web y oficinas de la Defensoría del Pueblo a nivel nacional
• En las sedes de los gobiernos regionales.

c) ¿Cuáles son los pasos para solicitar la indemnización por muerte?

1. El o los herederos deben acercarse a la compañía de seguros que emitió el SOAT con los requisitos más una copia de todo para el cargo.
2. La compañía aseguradora califica el cumplimiento de los requisitos y de admitirlo resuelve dentro de los diez (10) días hábiles de presentado la solicitud.

COSTOS Y TIEMPO DE DURACION DE LOS TRAMITES DE INDEMNIZACION por SOAT

Los trámites son gratuitos. Y demoran diez (10) días hábiles desde la presentación de la documentación completa, conforme lo establece la normatividad vigente.

informacion proporcionada por:
http://www.microjusticiaperu.org/site/index.php?option=com_content&view=article&id=75&Itemid=63&lang=

10 comentarios:

blancalucia dijo...

deseo conocer el tema de indemnizaciones soat pero en colombia a nivel cundinamarca

blancalucia740@hotmail.com

Anónimo dijo...

que hago se no pagan la indemnizacion dentro de loa 10 dias donde me quejo

Yessenia dijo...

creo que no esta bien especificado los requisitos de la indemnizacion

luis dijo...

hace poco fallecio mi hermano por atropello,fui a la aseguradora con todos los requisitos,pero me dijeron que no procedia ,mi hermano era soltero no tenia hijos

Anónimo dijo...

hace un año que fallecio mi hermano pero nada ,la aseguradora dice que no podrece por que tengo trabajo estable

neutaga dijo...

para cobrar indemnizacion por incapacidad temporal, en la afocat region arequipa me piden ademas de estos requisitos una solicitud dirigida al presidente de afocat, desearia saber si tienen un formato o modelo de esta solicitud. gracias por su respuesta y su ayuda

Anónimo dijo...

Buenas tardes,

Ante todo, lamento el difícil momento que pasaron, no es agradable estar en esa situación; sin embargo, de acontecer un hecho similar, es bueno que tengan la debida asesoría para hacer cumplir la norma y, cuando corresponda, acceder al pago indemnizatorio. En mi caso tuve la ayuda necesaria, por lo que, ante cualquier eventualidad, no duden en informarse. Pueden realizar las consultas que crean convenientes al correo: estudio@marzano.com.pe indicando algún número telefónico para comunicación. Espero les sirva esta información.

Unknown dijo...

Una consulta hace 6 meses me operaron y la operación ha salido mal me rompí el brazo hasta ahora no junta el hueso el médico me dijo que nueva6 me van operar pero esta. Es quieren sacar un hueso de mi cadera para sacar un pedazo de hueso para el Injerto como hago por ahora no estoy trabajando ya cobre mi indemnización del seguro si me opereran nuevamente me van indemnizar nuevamente. Estoy queriendo denunciar al médico como hago ayúdeme porfavor.

Unknown dijo...

Yo sufri un accidente automovilistico dentro un obnibus en el 2018 MES DE JULIO ESTUVE CON INCAPACIDAD TEMPORALHASTA DICIEMBRE DE ESE MISMO AÑO ME CORRESPONDE ALGUNA COMPENSACION

sara dijo...

es importante agenciarnos de artículos como estos, nos brindan información que nos ayudan a disipar dudas respecto a lo que cubre un seguro de accidentes, pero lo mas recomendable sería consultar con un abogado y especialista en esta materia, te lo decimos por que en este blog www.Dinerea.com/por-esto-debes-contratar-a-un-abogado-especializado-en-accidentes-de-carros