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miércoles, 27 de octubre de 2010

Alcances sobre el PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

Me aboco, pues, al tema del PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD regulado en el Artículo Segundo del novísimo cuerpo legal, siguiendo la tradición del precedente código adjetivo de 1991, que, a su vez, fuera modificado por las Leyes Nºs 27664 y 28117.
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Como es sabido el Principio de Oportunidad es la facultad que tiene el Ministerio Público, como titular de la acción penal pública, para (bajo determinadas condiciones establecidas expresamente por ley) abstenerse de su ejercicio, o en su caso, para solicitar ante el órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa bajo los mismos supuestos. Debiendo para ello existir elementos probatorios de la comisión del delito y de la vinculación con el imputado, quien debe prestar su consentimiento para la aplicación del citado principio. Definición que corresponde al Sistema de Oportunidad Reglada, toda vez que los criterios de oportunidad obedecen a supuestos expresamente señalados por ley, a diferencia del Sistema de Oportunidad Libre, propia de países anglosajones, como Estados Unidos donde el Titular de la Acción Penal tiene plena disponibilidad y discrecional en su ejercicio. Este primer sistema, pues, es adoptado por nuestro ordenamiento procesal penal.

lunes, 4 de octubre de 2010

EL ESTILO MALAGA

Para muchas chicas de barrio pobre y con escasas posibilidades de acceder a una profesión, llegar a la selección de voley es una vía segura de ascenso social.

La mayoría de nuestras jugadoras no vienen de los colegios más renombradossino de unidades escolares, cuando no de colegios de barrio.
Lo dicen quienes, además de iconos del deporte, son ya estrellas de TV. Gracias al voley pudieron conocer el mundo, trabajar en el extranjero, conseguir oportunidades que no estaban en sus libretos personales.
Pero el ascenso social tiene un precio que debe ser pagado en cada escalón, y las escuelas, las universidades y las instituciones deportivas no solo brindan oportunidades de mejorar: también se encargan de reproducir las jerarquías, los lugares de género, raza y clase, y de dejar en claro cuáles son las reglas.
En una investigación sobre la escolaridad de los indígenas, Carlos de la Torre concluye que su paso por la escuela, el colegio y la universidad son por lo general “experiencias traumáticas, llenas de vejámenes y obstáculos”.
Es éste el precio que tienen que pagar quienes atraviesan los canales de ascenso social, y Natalia Málaga representa los mecanismos que el sistema utiliza para cobrar la cuota, para dejar claro quién es quién. “Recuerda de dónde vienes”, les dice”; “tú no eres nadie”.
No sé de dónde vendrá Natalia Málaga, pero venga de donde venga, recuerdo la frase de Sartre de que “todos somos judíos respecto de alguien”, refiriéndose a que todos somos susceptibles de ser maltratados, ninguneados, despreciados por quien tiene más poder y ansias de hacerlo sentir.
¿Habrá sido Natalia la “judía” del coreano? Se ha dicho mucho de la dureza de Man Bo Park como entrenador, y hay quienes hablan incluso de maltrato físico. Hace pocos días el técnico de la selección de mayores lo acusó de haber maltratado física y psicológicamente a las subcampeonas olímpicas. Ellas lo han desmentido. Cierto o no, la propia técnica ha reconocido que lloraba “harto” en la época en que era jugadora.
El maltrato tiene permiso milenario, y aunque desde hace mucho se sabe que un ambiente de confianza y seguridad favorece el aprendizaje, sigue siendo frecuente en todos los espacios de enseñanza. Escribiendo este artículo encontré con asombro una investigación de la Universidad Javeriana sobre el maltrato en la carrera médica que no solo se da en Colombia y en el Perú sino también en muchos países de Europa. Por eso, tan grave como las prácticas de la Málaga es la aprobación de la opinión pública y el trato edulcorado que los medios le dan, llamando “guapeadas” al maltrato y la humillación y “gruesos adjetivos” al lenguaje de cloaca que usa con las chicas.
“La letra con sangre entra” es un refrán del siglo XV; abrazarlo como método en el siglo XXI evidencia enorme inseguridad y falta de preparación pedagógica, tanto para ser maestro como para ser entrenador. No es suficiente saber para enseñar. De todos los entrenadores que vimos durante el Mundial, el que más nos impresionó fue Vicente del Bosque, que siguió los partidos sin pataletas ni griteríos y llevó a sus jugadores hasta el podio de honor. Quienes lo conocen dicen que es un tipo humilde y cariñoso, pero hablan también de su espíritu dialogante, lo que demuestra que la letra entra mejor con amor y generosidad.
Me pregunto si, además de una trasnochada y probadamente errónea forma de enseñar, no habrá un disfrute malévolo de la entrenadora cuando se trata de ponerse por encima de las chicas, de erigirse en el lugar de la única que sabe, de la única que puede, de ejercer e imponer su poder. No en vano se ha ganado el apelativo de Mala-Mala.
Ver a la Málaga gritoneando y humillando a las chicas me recuerda a la reina narcisa y envidiosa de Blancanieves. Y aunque en este caso la blanquiñosa sea ella, ya no es más la jugadora estrella, ni joven ni bella como esas hermosas chicas que son sus pupilas. No se trata de disciplina ni de inocuas carajeadas; se trata de maltrato, de humillación, con los que desvaloriza a las chicas, como si el desvalor de ellas la sostuviera en su valor y su poder.
Nuestras jóvenes promesas del voley necesitan una entrenadora con capacidad pero también con equilibrio emocional, que, como Del Bosque, las conduzca a triunfar cuando estén listas, con firmeza pero con cariño.

una cortesia de nuestra juridica IDELE

martes, 13 de julio de 2010

SACAR RUC

Cómo sacar RUC


Sacar un número de RUC (Registro Único de Contribuyentes) en Perú es un procedimiento sencillo, lo único que demora es hacer la cola, el tramite te lo facilitan los mismos trabajadores de la Sunat.

¿Qué se necesita?

•DNI vigente y dos fotocopias de este.
•Copia de algún recibo de agua, luz o teléfono.

Nada mas. ¿Nada mas? Bueno, sí, lo que falta es rellenar un formulario que te otorgan en la misma Sunat, incluso en la cola, y los mismos trabajadores de la Sunat te ayudan a rellenarlo. En verdad puedes hacerlo sólo porque lo único que debes poner son las cosas que sabes: Nombre, DNI, la fecha y tu firma. Todo lo demás, si no lo sabes, lo dejas en blanco. Como es la primera vez que sacamos un número de RUC entonces no nos hacemos problemas.
La copia de alguno de los recibos (agua, luz o teléfono) es para asegurar que vives donde dices vivir, no es necesario que el recibo esté con el pago al día ni que esté a tu nombre, lo que sí se exige es que en la copia se vea la dirección y que la antigüedad del recibo no sea mayor a dos meses.

¿Tramitadores? No gracias. En verdad, si vas a una de esas personas que están fuera de la Sunat preguntante “¿Amigo, vas a sacar RUC? ¿Sunat? ¿Te ayudo?” pues ignóralos. Cuando saqué mi RUC fui primero a un tramitador y te salen con que necesitas rellenar un formulario que ellos te dan y bla bla bla, pero la verdad fue que ese formulario no me sirvió de nada y terminé muy confundido.

¿En qué categoría me inscribo? Si lo que quieres es emitir recibos por honorarios perteneces a la cuarta categoría. Si vas a hacer otra cosa entonces no sé, pregunta a quien te atienda en ventanilla o los que ayudan dentro de la Sunat. Ellos saben y son amables.

¿Inscripción por internet? La verdad es que no la he probado, pero si lo haces igual tienes que hacer cola, y como el trámite en sí es rápido entonces creo que no es necesario. Digo nomas.

¿Algo más? Anda temprano, no te olvides de tus fotocopias, y cualquier duda que tengas pregúntale a los mismos de la Sunat, te responden de todo.

Los centros y horarios de atención en............................................................................................... http://www.sunat.gob.pe/quienesSomos/centroserv/locales.htm http://www.sunat.gob.pe/quienesSomos/lugaresAtencion

martes, 23 de marzo de 2010

PRESCRIPCIÓN DEL PLAZO PARA LAS ACCIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN LABORAL

PRESCRIPCIÓN DEL PLAZO PARA LAS ACCIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN LABORAL
Consultas Laborales
martes, 20 de noviembre de 2007
Un asociado nos consultó cuál es el plazo de prescripción de las acciones derivadas de una relación laboral.
Los plazos de prescripción del derecho que tienen los trabajadores para reclamar sus beneficios sociales en sede judicial ha sufrido en el tiempo una constante sucesión normativa.
En efecto, desde el 28 de julio de 1980 hasta el 29 de diciembre de 1993, se entendía que la acción de cobro prescribía a los quince años, conforme a lo previsto en el artículo 49 de la Constitución de 1979. Asimismo, por un criterio jurisprudencial se estableció que dicho plazo se debía contabilizar desde la extinción del vínculo laboral.
Luego, desde el 30 de diciembre de 1993 hasta el 27 de julio de 1995, conforme al inciso 1 del artículo 2001 del Código Civil, se entendía que prescribían, salvo disposición diversa de la ley, a los diez años, la acción personal, la acción real, la que nace de una ejecutoria y la de nulidad del acto jurídico. Igualmente, por un criterio jurisprudencial se entendía que dicho plazo se debía contabilizar desde la extinción del vínculo laboral.
Posteriormente, al publicarse la ley Nº 26513, que tuvo como vigencia desde el 28 de julio de 1995 hasta el 23 de diciembre de 1998, se entendía que las acciones por derechos derivados de la relación laboral prescriben a los tres años desde que los derechos resulten exigibles.
Seguidamente, desde el 24 de diciembre de 1998 hasta el 22 de julio del 2000, por mandato de la ley Nº 27022, se estableció que las acciones por derechos derivados de la relación laboral prescriben a los dos años, contados a partir del día siguiente en que se extingue el vínculo laboral.
Finalmente, desde el 23 de julio del 2000 hasta la fecha, la ley Nº 27321 estableció que las acciones derivadas de la relación laboral prescriben a los cuatro años, computados desde el día siguiente en que se extingue el vínculo laboral.

LEY Nº 27321.- LEY DE PRESCRIPCION LABORAL
(Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de Julio del 2000.
Vigente desde el 23 de Julio del 2000).

LEY QUE ESTABLECE NUEVO PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LAS
ACCIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN LABORAL
Artículo Único .- Del objeto de la ley, Las acciones por derechos derivados de la relación laboral prescriben a los 4 (cuatro) años, contados desde el día siguiente
en que se extingue el vínculo laboral.
Notas del autor:
Nota 1.- Para el caso de los ex trabajadores de empresas estatales, entidades del sector público y gobiernos locales, que se encuentran inscritos en el Registro Nacional de Ex Trabajadores Cesados Irregularmente (por haber sido cesados indebidamente en el marco del proceso de promoción de la inversión privada o en el marco de los ceses colectivos de personal o de procesos de reorganización), el plazo de prescripción para la revisión judicial de sus beneficios sociales se sujeta a la siguiente regulación especial:
- Para los que fueron inscritos en el Registro Nacional de Ex Trabajadores Cesados
Irregularmente mediante la Resolución Ministerial Nº 347-2002-TR, Resolución
Ministerial Nº 059-2003-TR o Resolución Suprema Nº 034-2004-TR, el plazo de
prescripción de 4 años se computa a partir de la publicación de la Resolución
Suprema Nº 034-2004-TR, es decir a partir del 02 de Octubre del 2004. Así lo
dispone el Artículo 12º del Decreto Supremo 013-2007-TR, reiterado por la Primera
Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 025-2008.
- Para los que sean inscritos en el Registro Nacional de Ex Trabajadores Cesados
Irregularmente con posterioridad a la publicación de la Resolución Suprema Nº 034-
2004-TR (es decir después del 02 de Octubre del 2004), el plazo de prescripción de 4
años se computa a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución
Suprema que dicta el Presidente de la República ordenando la inscripción. Así lo
dispone el tercer párrafo del Artículo 18º de la Ley 27803 (incorporado por la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley 29059), reiterado por la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 025-2008.
Nota 2.- El plazo de prescripción laboral se suspende durante la tramitación de un proceso de conciliación extrajudicial, ya sea que se lleve a cabo ante un centro de conciliación del Ministerio de Justicia, del Ministerio de Trabajo o de un centro de conciliación privado. Así
lo dispone el Artículo 19º de la Ley 26872 – Ley de Conciliación (modificado por el Artículo 1º del Decreto Legislativo 1070).
Concordancias:
LEY 26872: Art. 19º (suspensión de plazo prescriptorio). LEY 27803: Art. 18º (prescripción para inscritos en Registro Nacional de Cesados Irregularmente después del 02.OCT.2007). DECRETO DE URGENCIA 025-2008: 1ra. DCF (cómputo de prescripción
para cesados irregularmente). DECRETO SUPREMO 013-2007-TR: Art. 12º (prescripción
para inscritos en Registro Nacional de Cesados Irregularmente hasta el 02.OCT.2007).

viernes, 19 de marzo de 2010

sobre impuestos municipales ilegales

Sres:
Una vez mas las municipalidades hacen lo que quieren, ante ello publicamos una misiva dirigida al congreso

Cobro Ilegal de Arbitrios a Nivel Nacional por los Gobiernos Locales (Municipalidades).

Desde Noviembre del 2003 que la Comisión de Gobiernos Locales del Congreso de la República emitió Dictamen a favor de los Usuarios, INDECOPI, Defensoría del pueblo y el tribunal Constitucional lo mismo en esa fecha emitieron dictámenes similares o iguales.

Un arbitrio es un tributo público que cobra las Municipalidades en la figura legal de Ingreso Propio.

Un Arbitrio es el servicio público de RECOJO DE BASURA, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES, SERENAZGO, RELLENO SANITARIO SI FUERA AA.HH.

La Ley Orgánica de Municipalidades vigente desde la gestión del Sr. Alfonso Barrantes cuando fue Alcalde de Lima Metropolitana, dice en su reglamento que el arbitrio municipal osea el importe se calcula dividiendo el costo real del servicio entre la población de la jurisdicción.

Y en la actualidad por más de cinco gestiones municipales a nivel nacional aproximadamente , calculan estos importes tomando en cuenta el valor de la Propiedad o el metraje de las mismas, esto forma la figura ILEGAL DEL COBRO.

Quizás antes del último Censo poblacional y de Comercios podríamos aceptar que no tenían las Alcaldías ni un aproximado de la cantidad de pobladores naturales y jurídicos de cada Distrito, pero hoy ya no hay ese pretexto.

La gobernabilidad y la tener una Democracia perdurable en el tiempo es también la optimización de la calidad de los servicios públicos sean los servicios municipales, el servicio del agua, la energía eléctrica, la telefonía , los servicios de trámites judiciales, LA ATENCION AL CLIENTE que en este caso es el contribuyente, el cual dicho sea de paso se encuentra en el limbo en estos temas, y que los que deberían defendernos son principalmente las autoridades e instituciones a lugar , empezando por Defensoría del Pueblo, el Congreso de la República, el Poder Judicial, etc...

Ahora bien en el análisis de más de 10 años, 1990 a la fecha vemos un ciudadano a espaldas del desarrollo Municipal y espera sin pagar nada que su Distrito cumpla con los servicios municipales, que no haya basura en la calle, que pase por un parque y este con buen mantenimiento y la que tenga mucha seguridad ciudadana el mismo...

Esto definitivamente se soslaya cuando los Alcaldes de turno con esta modalidad de COBRO ILEGAL DE ARBITRIOS, solo cobra religiosamente a los contribuyentes VISTOS O DE ATENCION AL PUBLICO, PUDIENDO SER DE PERSONERIA JURIDICA O SIOMPLEMENTE COMERCANTES, PEQUEÑOS MEDIANOS Y GRANDES EMPRESARIOS, a esos las Municipalidades les exige estos tributos mensualmente, el ciudadano común y corriente no paga, por muchas razones, porque no tiene una cultura de pagar, no tiene la certeza que lo que paga está bien calculado, no goza del servicio muchas veces, o está siempre en el tema de no tener poder adquisitivo ni para cubrir sus primarias necesidades.

Este tema del COBRO ILEGAL DE ARBITRIOS A NIVEL NACIONAL, pasa por ser un tema grave de negligencia y en algunos casos de dolo, porque al no informar al poblador de donde sale los importes a pagar, en muchos casos todavía la Municipalidad emite cartas coactivas prejudiciales, haciendo gastar al contribuyente que esta al dia en sus pagos en abogados, costos y gastos a lugar.

Este es un tema para cualquier foro que se quiera hablar de eficiencia del Sistema Democrático, algo que últimamente se está debatiendo en todas las plazas y medios de comunicación.

Por lo general estos pagos de arbitrios están al dia, los que menos tienen, personas de la tercera edad jubilados, se ponen al dia aun cuando no que quiere vender o alquilar su propiedad, CONSIDERANDO QUE UN PAGO POR AUTOVALUO ES OTRO TRIBUTO MUNICIPAL TOTALMENTE DIFERENTE... otros que se ponen al dia son los ciudadanos que desean salir de viaje al extranjero, en fin cuando queremos sanear las cuentas para ser sujeto a crédito bancario o financiero, etc, etc.

Sin más que decir me despido con la fe y esperanza que esta gran irregularidad se termine pronto para que tengamos por lo menos un 90% de contribuyentes convencidos y al dia en sus pagos de arbitrios, con importes reales y que estén ajustados a las leyes Vigentes, Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Municipalidades, y ordenanzas que sean ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima como está estipulado en la Ley últimamente mencionada.

Escribe: Sr. Fernando Duarte Rocha
DNI 07287709

martes, 2 de marzo de 2010

sobre bienes conyugales y gananciales

Durante el matrimonio los esposos adquieren bienes como enseres domésticos, otros de mayor importancia como el automóvil y hasta la casa o departamento.
A todo bien que se adquiera dentro de matrimonio se le llama bien conyugal o bien social, y pertenece a los dos por igual, así la esposa o esposo se la haya pasado “viendo novelas de tv” durante el matrimonio, eso es la Sociedad de Gananciales.

Algunos matrimonios deciden no tener patrimonio en común y optan por la separación de patrimonio ello garantiza tener bienes por separado y de adquirir deudas también son por separado.

Duración

La separación o variación de patrimonios cuando es voluntaria es un tramite rápido de 20 a 30 días.

Pero la gran mayoría de matrimonio opta por los bienes en común, y el problema comienza cuando el matrimonio entra en crisis y la separación de cuerpos que resulta fácil, no sigue la misma suerte que la de los bienes.

Siempre hay un esposo que abusa o se queda con todo y el otro esposo si no logra ponerse de acuerdo debe iniciar un proceso llamado SEPARACION DE PATRIMONIOS, el cual incluso puede resultar mas difícil que un divorcio, en la que debe probar 3 situaciones.

Requisitos para demandar judicialmente la separación de patrimonios:

Los bienes son posesionados por uno solo de los esposos con exclusión deliberada y forzosa del otro.

Los bienes son explotados y sus ganancias son aprovechados por uno solo de los esposos.

Los bienes son evidentemente mal administrados o se han perdido por negligencia de uno de los cónyuges.

De lograr probar Ud esto el Juez dividirá los bienes en partes más o menos equitativas

Estas situaciones son muy difíciles de probar, por eso a veces es mejor un divorcio que incluirá una separación de patrimonio automática, que un proceso de separación de bienes.



Bienes no declarados

A este proceso se pueden incluir los bienes que no obstante aparecer a nombre de un solo esposo, se adquirieron durante el matrimonio, como tal le pertenece a los dos.



Las deudas

Las deudas adquiridas en matrimonio también serán repartidas así que se debe tener mucho cuidado en mantener este régimen si Ud ya esta separado.



Bienes no compartidos

Sin embargo existen bienes que a pesar de estar casados no se entiende que sean en común como por ejemplo: las herencias, indemnizaciones por accidente, derechos de autor, vestido, objetos de uso personal, los instrumentos para ejercer una profesión etc.



Perdida de Gananciales y Divorcio

El ganancial son los bienes adquiridos durante los años de matrimonio, a veces un esposo amenaza a otro con la perdida de gananciales.

Pero esta amenaza (perdida) no esta referida a todo el ganancial, sino al que proviene de la explotación de los bienes propios del otro esposo (bien propio es el bien que se adquirió antes de matrimonio) por eso para demandar perdida de ganancial, hay que ser muy preciso en su pedido, es un tema que requiere mucho estudio. Requiere de un especialista.

jueves, 4 de febrero de 2010

politica de niños

La infantilizació n de la política



Zonzos, tontos, me espían porque me envidian, bailo porque tengo mejor ritmo que ustedes, tristes, reprimidos, amargados, pesimistas. Tengo una encuesta secreta, enorme, muuucho más grande que la de los otros muchachos que coleccionan encuestas. El 2009 se cerró y el 2010 se abrió con una andanada de esta suerte de bromas de alumno quedado de colegio para niños sin calle.

Uno de los rasgos que pasa desapercibido cuando se analiza "la política después de la política" es su infantilizació n. Se ha insistido bastante en la transformació n de los viejos caudillos en líderes mediáticos, performers de la industria del entretenimiento, modelados por los medios y a su vez dedicados a modelar a la opinión pública a través de esos mismos medios, a veces de forma delincuencial como en los tiempos de Fujimori. Pero poco se ha dicho una de las consecuencias de esa mediatización de la política, al menos en nuestro país: su infantilizació n o, en el mejor de los casos, su transformació n en mala película de adolescentes.

"Las encuestadoras están piconas porque no las han invitado", interviene Jorge del Castillo, como para refrendarlo (La República, 6.1.10). La tendencia viene de antes. Se hizo visible, y quién sabe irreversible, cuando los imitadores comenzaron a parecer los titulares de carteras o curules, y los firmes, una caricatura de sus imitadores radiales o televisivos. Se volvió descarada con el Baile del Chino, y continúa. De bailar, Alan lo hace mejor. El Chino, que parecía un teletubie, para no recordar a Tudela van Breughel-Douglas. Pero las líneas de continuidad son visibles.

Uno de los rasgos de los últimos presidentes, es que cuando son como son (se ven las caras, pero bueno, supongamos que podemos atisbar por instantes los corazones), resultan marcadamente adolescentes, y cuando quieren agradar, Toledo se pone telúrico y patero, Lourdes aplicada, Castañeda nerd -parece que en la presente promoción, ser nerd resulta atractivo- y Alan se alucina travieso.

Todo mientras un coro en el hemiciclo parlamentario grita ¡uhhhh¡ cuando la congresista le dice a la ministra: ¡qué hace una maestra en el Ministerio del Interior!, y la maestra-ministra le contesta: ¡qué hace una vendedora de gas en el Congreso! ¡Uhhh!!, corean los chiquiviejos, todos con sobrenombres de escolares de antaño: el mataperro, la robaluz, la lavapiés, el comepollo.

No hay nadie que les enseñe a ser adultos. La oposición no existe, o ha terminado por infantilizarse ella misma, venalizarse o fosilizarse. Por eso Alan se pasea, o más bien se bambolea, nos desprecia y "nos engaña con franqueza" como apuntó Alvarez Ródrich. Nos los advirtió desde que eligió como fondo musical de su campaña La Vida es un Carnaval y luego escribió El perro del hortelano. Llena el escenario en todos los sentidos. Lourdes se ha reducido. Humala no encuentra la sonrisa y si ya no parece el matón del barrio, sigue pareciendo el picón de la clase y la pandilla basura continúa provocándolo para ver si se le sale el matón. Bayly, el "niño terrible" como outsider cínico y relativamente exitoso el 2011 sería la culminación casi natural de este proceso.

Lo triste es que hay mucho de siniestro en estos niños que fueron y quieren seguir siéndolo. Por algo Freud hablaba de monstruos polimorfos. Mientras ellos se divierten, Bagua regresa a primera plana y muestra que la agenda amazónica sigue indignantemente pendiente; avanza el encubrimiento del escándalo de los petroaudios y asesinan al director de Castro Castro, Miguel Vásquez Coronado. Cualquiera de los tres acontecimientos debiera haber hecho saltar todas las alarmas pero, claro, las cifras macroeconómicas comienzan a mejorar y todo lo demás se nos dará por añadidura.

Así, balanceándose sobre la tela de una araña, el presidente sigue adelante con su agenda para el 2010: no solo (maxi) obras para compensar el desastre de su primer gobierno, sino (mani) obras para impedir que salga electo cualquiera que él no quiere que sea presidente. Y por supuesto que le creemos cuando dice que no piensa en el 2016. Piensa en el 2021, cuando le toque entregar el mando en pleno bicentenario. "Las leyes del mercado son inexorables" , truena Jaime de Althaus (La Hora N, 12.1.10). Sí, claro.

Post Data: Qué lejos de Bachelet, Piñera y Frei, realmente, no creo que nos envidien; qué lejos de Uribe, que no se va a subir a un tabladillo a bailar cumbia aunque el TC le permita ir a la re-reelección; qué lejos de Lula, del antiguo guerrillero Mujica e incluso de Cristina Fernández, que por momentos parece personaje de la farándula retirada como política, pero que recuerde no se le ha visto con lentejuelas. Ahí a lo lejos aparece en la película Correa con sus berrinches ocasionales; más cerca Evo gritándole 'gordo' a García. Y por supuesto, en otra liga, fuera de serie, inigualable en la galaxia de lo grotesco, al menos por ahora y en este continente, Hugo Chávez. Pero ya basta de contentarnos con el mal menor.



Carlos Iván Degregori